El legislador Carlos Marcelo Ruiz Sánchez presentó a la Diputación Permanente un Anteproyecto con Punto de Acuerdo, por el cual propone que este Congreso exhorte a las autoridades municipales del estado para que, en el ámbito de sus competencias y con carácter de atención prioritaria, den cumplimiento a lo dispuesto en la Ley para crear los registros precisos, digitalizados y actualizados de todos los panteones y cementerios bajo su jurisdicción.
Durante la Quinta Sesión Ordinaria, el diputado explicó que la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio del presente año, establece en su Artículo Cuarto Transitorio un mandato perentorio e ineludible para que las legislaturas de las entidades federativas, en un plazo no mayor a 30 días naturales, procedieran a la armonización de sus marcos normativos.
Resaltó que esta Legislatura aprobó el pasado 14 de agosto el Decreto correspondiente, con el objetivo de alinear la estrategia estatal con el nuevo paradigma nacional de búsqueda y justicia.
Esta normativa, expuso, contempla la adecuación de los reglamentos municipales a las nuevas disposiciones, creación de registros precisos, digitalizados y permanentemente actualizados de inhumaciones, cremaciones y traslados, así como la vinculación de dichos registros con el Sistema Nacional de Búsqueda, en estricta observancia de la Ley General y de la legislación estatal en la materia.
Por consiguiente, puntualizó el coordinador del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), el plazo de 150 días naturales para el cumplimiento de esta obligación vence el 15 de enero del próximo año.
En consecuencia, indicó, las actuales administraciones municipales, cuyo mandato fenecerá el 31 de diciembre próximo, son jurídicamente responsables de la ejecución de 135 de los 150 días del plazo legal, por lo que “eludir esta responsabilidad bajo el pretexto de la transición gubernamental constituiría una contravención a la ley y un acto de negligencia administrativa”.
En el anteproyecto, turnado a la Junta de Coordinación Política para lo conducente, se instruye al Órgano de Fiscalización Superior del Estado para que, en el ejercicio de sus facultades de revisión de las Cuentas Públicas y de supervisión de los procesos de entrega-recepción, verifique el avance del cumplimiento de la obligación contenida en el Artículo Tercero Transitorio del Decreto referido.